Una de las cuestiones que es básica para que una sociedad funcione es que lo haga su economía. Está perfectamente comprobado que cuando la economía de un país no se desarrolla por completo hay problemas con la gente que compone dicha sociedad puesto que se desarrollar efectos negativos como el desempleo y, a su vez, extensiones del problema como el racismo o el abrazo a los extremismos. Por tanto, la economía tiene un carácter regulador de la sociedad que es muy importante, que no podemos negar y que afecta directamente a todos y cada uno de nuestros ciudadanos.
El elemento clave para que la economía funcione es, sin ninguna duda, la existencia de comercio, actividad básica que permite que se mueva el dinero y que se genere riqueza en todos los estamentos de la sociedad. Por tanto, y para que nadie resulte perjudicado en ningún término (ni trabajadores, ni emprendedores, ni administración pública) hay que regular de alguna manera todas las actividades de carácter comercial que se lleven a cabo en el interior de las fronteras de un país. Y es ahí donde entra nuestra querida legislación, una vez más un aspecto crucial.
En los párrafos que siguen, os vamos a hablar de un modelo de comercio que, en efecto, tiene una importancia realmente grande en todas las sociedades modernas: se trata del comercio al por mayor, que, aunque comprende a menos empresas que al por menor, es, si cabe, todavía más importante puesto que es de donde parte todo el suministro que más tarde irá a parar a los negocios minoristas, clave en la relación que es necesario establecer con el consumidor final. Como veis, todo el mundo tiene una función en esta cadena, pero no cabe la menor duda de que los negocios mayoristas son un eslabón sin el que el modelo de comercio actual, simple y llanamente, no se entendería.
Es posible que algunos de vosotros se pregunten entonces por qué si que existe una Ley de Ordenación del Comercio Minorista, promulgada el 15 de enero de 1996 y que os enlazamos a continuación a través del portal web V Lex, y no una ley homóloga para el comercio al por mayor. La verdad es que la pregunta tiene todo el sentido del mundo. Pero hay que tener en cuenta una cuestión: esto no quiere decir, ni mucho menos, que no exista una ordenación del comercio mayorista. De hecho, la cantidad de leyes a las que están sujetas sus empresas es bastante importante a día de hoy.
Os enlazamos, a su vez, una edición del Código de Comercio Interior que fue publicado por el Ministerio de Economía y Competitividad en la que se hace referencia a todas las legislaciones que están relacionadas con los comercios al por menor. Con echarle un vistazo, veréis que muchas de las leyes que se mencionan también son de obligado cumplimiento para empresas que se dediquen a la venta al por mayor. Y es que, en cuestiones básicas como lo son horarios, respeto a los trabajadores o al cumplimiento de unos estándares mínimos de calidad, todas las empresas de un determinado lugar están igual de exigidas.
La legislación es un arma clave en la correcta ordenación de las actividades de todas las empresas de un país y garantiza que todas ellas cumplen con sus obligaciones. Existe una tendencia generalizada a opinar que las entidades de comercio al por menor tienen muchas más obligaciones que las que se dedican al comercio mayorista. Y la realidad es que ambas actividades están sujetas a un enorme número de legislaciones y obligaciones. También es cierto que se les atribuye un número parecido de derechos. Hemos charlado con los profesionales de Liquistocks, una entidad dedicada al comercio mayorista, y nos han comentado que, desde luego, su empresa está sujeta a un marco legal de lo más extenso.
¿Conviene endurecer o relajar las obligaciones?
Posiblemente, esta sea la pregunta del millón para muchas personas en un momento como en el que nos encontramos. Hay quien dice que hay que intentar facilitar lo máximo posible la actividad empresarial, mientras que otras personas afirman todo lo contrario, que hay que regular para tratar de evitar disparidades e injusticias para con los trabajadores, los consumidores y entre las propias empresas. Lo cierto es que, bajo nuestro juicio, nos encontramos en un punto (ya sea teniendo en cuenta o no la situación relativa al COVID-19) en el que mantenemos un buen balance que entendemos que no debería ser cambiado.
Lo que hay que tener claro es que todas las actividades comerciales son importantes para que una economía se desarrolle y se eviten así todos los problemas que puedan provocarse a causa de la situación contraria, que ya hemos mencionado en las primeras líneas de este artículo. Y la legislación es y será siempre el arma ideal para tratar de conservar esa actividad y hacerla todavía un poco mejor.