Tras la muerte de una persona todos sus bienes, derechos y obligaciones son transmitidos a sus herederos. Es lo que se denomina herencia. Este proceso puede ser muy sencillo si la persona fallecida ha elaborado un testamento en el que se reflejan todos sus deseos o transmisiones y no hay problemas legales ni conflictos entre los herederos.
Sin embargo, también puede ser muy complicado y conflictivo el proceso de cobrar una herencia. Y es que al dolor de la pérdida se pueden sumar problemas de liquidez por parte de los herederos para adquirir la herencia, discusiones entre los posibles herederos, renuncias al legado o en el caso de no haber testamento se puede alargar mucho heredar. Por ello, en este artículo vamos a conocer todo lo que debes saber sobre las herencias y sucesiones en España.
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La importancia de redactar un testamento
La primera cuestión importante que hay que tener en cuenta sobre este tema es la importancia de redactar un testamento. Y es que este documento es la mejor forma de preparar una herencia. En el testamento se identifican a todos los herederos y se establece el reparto de los bienes.
“La elaboración de un testamento es muy favorable tanto para la persona que lo redacta como para sus seres queridos. Para la persona que lo redacta es beneficioso porque sabe que tras su muerte sus bienes serán repartidos en base a sus deseos y voluntades. Pero también para sus familiares y seres queridos es ventajoso que exista un testamento porque tras la muerte del testador conocerán el reparto de la herencia, evitando en muchos casos conflictos entre familias. Además, hay que tener en cuenta que un testamento es un documento muy barato y que es revocable, es decir, si se cambia de opinión se puede modificar”, explican desde el bufete de abogados Albanés & Asociados.
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Los problemas más comunes sin un testamento
Cuando alguien muere sin haber hecho un testamento se produce el dilema de qué pasa con su herencia. En estos casos cuando una persona fallece sin testamento hay que tener en cuenta las leyes para descubrir quién o quiénes son sus herederos legales. Estos herederos están establecidos en el Código Civil en función del grado de parentesco.
Además, hay que tener en cuenta que cuando no hay testamento a los trámites habituales para cobrar cualquier herencia hay que listar a los herederos legales. ¿Y quiénes son los herederos legales? Pues como os decíamos hay que tener en cuenta el grado de parentesco y seguir el Código Civil para establecer a los herederos legales.
Así, el orden es el siguiente. En primer lugar, se encuentran los hijos en el caso de haberlos o sus descendientes. Es decir, lo habitual es que la herencia se reparta a partes iguales entre los hijos de la persona fallecida. Pero si por ejemplo, uno de los descendientes directos ha fallecido será en ese caso sus hijos, los nietos de la persona sin testamento, quienes tendrían el derecho a cobrar la herencia.
No obstante, la ley también establece que en el caso de no haber hijos serán los padres o ascendientes del fallecido quienes tienen derecho a recibir la herencia. En este caso, si tampoco hay padres vivos también tendrían derecho sus ascendientes, es decir, los abuelos del fallecido.
El cónyuge es el siguiente rango de parentesco que establece el Código Civil. Tras los hijos y padres. Aunque hay que tener en cuenta que el viudo o viuda tiene derecho al usufructo (goce o disfrute) de un tercio de la herencia.
Y en el último lugar figuran los hermanos y sobrinos de la persona fallecida sin haber redactado un testamento. Los denominados herederos colaterales.
Y estos son los rangos de parentescos y orden que establecen las leyes españolas. Pero como decíamos, es mucho más fácil y sencillo con un testamento, ya que la persona evita que se herede en base a la ley y sus familiares reciban sus bienes en función de sus voluntades.
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Proceso de cobrar una herencia
No obstante, indiferentemente de si se tiene o no testamento. El proceso de heredar siempre sigue unos pasos que vamos a explicar a continuación.
Lo primero es obtener el certificado de defunción, el documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona, la fecha y el lugar en el que se produjo Posteriormente, tras pasar cerca de 15 días se puede solicitar el certificado de últimas voluntades y los contratos de seguros de vida o de ahorro.
También hay que averiguar si la persona fallecida elaboró un testamento y habría que pedir al notario una copia.
Otra cuestión que hay que tener en cuenta en cualquier proceso de cobrar una herencia es que hay que elaborar un inventario de bienes y deudas de la persona fallecida. Además, hay que liquidar y adjudicar la herencia y hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este impuesto es bastante controvertido por lo que lo vamos a desglosar a continuación.
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El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
El impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo que grava el patrimonio adquirido por las personas físicas a través de herencias o donaciones. Es un tributo al que los herederos de una herencia deben de hacer frente en un plazo de seis meses desde el fallecimiento y que se paga antes de recibir los bienes. Se pueden solicitar ampliaciones de estos seis meses, pero suelen implicar intereses añadidos.
Este impuesto varía en función de las Comunidades Autónomas. Por lo que puede ser mucho más ventajoso heredar en unas regiones que en otras. Y este es uno de los motivos del conflicto de este tributo. Y es que por ejemplo, en la Comunidad de Madrid los descendientes, cónyuges y ascendientes tienen una bonificación del 99% de la cuota. Por lo que no es lo mismo hacer frente al 1% de la cuota que pagar el 100% en otra región.
Estas son las cuestiones más importantes y relevantes que hay que saber sobre las herencias y sucesiones en España.